ARBA reglamenta la exención impositiva para colectivos provinciales
La Agencia de Recaudación estableció el procedimiento para aplicar el beneficio del Impuesto Automotor durante 2026. Las empresas prestatarias no deberán realizar trámites presenciales.

A partir de la nueva normativa, el Ministerio de Transporte comunicará mensualmente a la agencia recaudadora el dominio de cada vehículo destinado al servicio, el CUIT de la empresa titular o adquirente y la fecha desde la cual opera la unidad. Con esos registros, el organismo verificará la información en sus bases de datos para resolver la aplicación del beneficio impositivo.
De esta forma, las firmas prestatarias no deberán iniciar gestiones directamente ante el organismo fiscal, lo que simplifica el procedimiento administrativo y evita trámites innecesarios. Cuando un vehículo posea más de un obligado al pago, la exención recaerá exclusivamente sobre quienes cumplan los requisitos previstos por la ley en la proporción correspondiente.
En cuanto a la vigencia temporal, si la unidad ya se encontraba afectada a la prestación antes del 1 de enero de 2026, el beneficio se reconocerá desde esa fecha. Asimismo, el organismo provincial actualizará los datos según las modificaciones que el Ministerio de Transporte comunique posteriormente y notificará las resoluciones a través del domicilio fiscal electrónico.
Fuentes (4)
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